Un avalúo es una estimación del valor comercial de un inmueble o artículo, el cual se ve reflejado en cifras monetarias por medio de un dictamen técnico que debe ser imparcial, a través de sus características físicas, de uso, de investigación y de análisis de mercado, considerand las condiciones físicas y urbanas del inmueble.
Un avalúo comercial consiste en la determinación del valor de los predios, el cual suele ser obtenido mediante un análisis estadístico del mercado inmobiliario.
El valúo catastral de cada predio se determinará por la adición de los avalúos parciales practicados independientemente para los terrenos y para las edificaciones en él comprendidos.
Otro avalúo que no clasifica dentro de las grandes ramas es el autoavalúo, el cual, se entiende por auto-avalúo el derecho que tiene el propietario o poseedor de predios o mejoras de presentar antes del 30 de junio de cada año, ante la correspondiente oficina de Catastro la estimación del avalúo catastral.
En los municipios donde no hubiere oficina de Catastro, su presentación se hará ante el Tesorero Municipal.
Dicha estimación no podrá ser inferior al avalúo catastral vigente y se incorporará al Catastro con fecha 31 de diciembre del año en el cual se haya efectuado, si la autoridad catastral la encuentra justificada por mutaciones físicas, valorización, o cambios de uso.